La “cuestión penal” nos tiene
acostumbrados a transportarnos a un escenario vergonzante; donde confluyen desde
el oportunista político, hasta el discutidor de todo. Una tribuna donde todos
los sectores de la sociedad tienen derecho a participar.
“Lo penal”, genera tal grado de
discusión y polémica por los bienes jurídicos que protege - o pretende proteger- que abarcan un espectro
muy amplio y variado. Desde la vida y la libertad, la delincuencia de cuello o
guante blanco-que genera perjuicios por millones de dólares- hasta el robo de
una bicicleta.
En este escenario de “lo penal” se
destacan dos elementos que se encuentran permanentemente en tensión, “lo
jurídico” por un lado y “el poder”. Así, con tal estructura, el Estado de
Derecho tiene la pretensión que el “derecho” cumpla la doble función de ser el
organizador de la sociedad y además limitante o controlador del poder. Poder
que también condicionará al derecho.
Es así, que en este contexto de
tensión o conflicto, en el que los factores de poder permanentemente buscan la
forma o modo de ampliar su influencia e incumbencias, se desarrolla “el poder
punitivo del Estado”.
Poder punitivo que resulta ser la
manifestación del poder en materia penal, para algunos; la fuerza que motoriza
el brazo ejecutor de la política criminal de un estado y que se nutre de la
actuación o participación de una multiplicidad diversa de actores que van
moldeando o esculpiendo ese poder punitivo, como pueden ser el poder político,
el poder judicial, el poder mediático, las agencias de seguridad, etc.
Arturo Sampay, enseñaba que la
Constitución y la legislación consecuente, son obras de las clases dominantes,
así que, quien ejerce el poder, impone o pretende imponer su orden jurídico. Esto se ve, de modo más categórico cuando lo
que se pretende normativizar es la cuestión penal (derecho penal), la ‘ultima
ratio”, lo más preciado y los horrores más tremendos que la sociedad pueda
experimentar.
Es en este punto donde –según mi
humilde opinión- el debate deja de ser “técnico” y se presenta con el ropaje de
lo “ideológico”. Debe pensarse el sistema penal como una definición ideológica
en su sentido más acabado. Por eso generó tanto rechazo y descalificación el
intento de discutir y/o debatir el Código Penal, pues discutir el poder penal, discutir el poder punitivo,
es interpelar y cuestionar el poder más férreo que tienen hoy en día los
factores de poder en la Argentina.
El Código Penal argentino, de cien
años, es el reflejo de los factores de poder de una sociedad absolutamente
distinta a la actual. Es el reflejo de una sociedad donde no existía internet,
donde no se lavaba dinero por medio de deudas millonarias, donde las empresas
no fundían países utilizando el sistema financiero, el derecho internacional no
sabía de genocidios, ni se hablaba de delitos de lesa humanidad. En nuestro
caso particular, la Argentina no había experimentado aún el perfil más oscuro y
tenebroso de la dictadura cívico- militar, como resultan la desaparición
forzada de personas y la apropiación de bebes.
Cuando discutimos sobre la “cuestión
penal”, “lo penal”, “el poder punitivo”, estamos generando un debate ideológico
sobre el brazo penal de los factores de poder real que se encuentran en
permanente tensión con el derecho.
Y la cuestión es ideológica porque de
lo que se trata es a quienes vamos a proteger más?, qué bien jurídico debe ser
más protegido?, que delito es más aberrante?, que sector social, o que sector
de la población será el más castigado?.
No podemos dejar que nos confundan
con una discusión menor sobre si la pena de un delito debe ser cinco años mayor
o menor, en todo caso la discusión debería ser: a quienes vamos a encerrar?,
cual es la finalidad de la pena para la sociedad argentina?.
Al tratar la cuestión penal, los
comunicadores pertenecientes a los factores de poder real nos colocan en la
discusión sobre la cantidad de pena que corresponde a ese que han criminalizado
como “moto-chorro”, pero que evitan hablar de las penas que se merecen los
empresarios cómplices de los delitos más vergonzantes de la dictadura militar.
Estos comunicadores, que disfrutan de alardear una supuesta especialidad en
temas penales, utiliza muchísimo tiempo en hablar y debatir sobre el micro
delito, pero nada dicen sobre la participación de las estructuras de las
agencias de seguridad en el crimen organizado o crimen complejo; se llenan la
boca hablando del pobre que roba, pero nada dicen sobre los responsables del
genocidio o de la desaparición forzada de personas.
Para nosotros, que no nos
referenciamos en la neutralidad académica, discutir sobre lo penal,
necesariamente es una discusión ideológica.
Para terminar, una pregunta, o dos:
quien puede afirmar seriamente que la prisión que sufre la referente social
Milagro Sala no es producto de una persecución ideológica?. Quien puede afirmar
seriamente que Milagro Sala no es una presa política?
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