martes, 1 de diciembre de 2015

“El desgobierno judicial” de Alejandro Nieto (Editorial Trotta, Madrid 2004)








“…EL SECRETO DE LA JUSTICIA NO ES ENCONTRAR LA LEY ADECUADA SINO EL JUEZ ADECUADO…”

“…Las encuestas de opinión certifican desde hace diez años que la Administración de Justicia es uno de los servicios públicos que los ciudadanos califican peor…”

“…La prensa se ha convertido en caja de resonancia de la situación al abrir sus portadas a pleitos, jueces y delincuentes famosos y al tomar sistemáticamente partido en procesos que ella misma populariza, criticando despiadadamente (casi nunca con razonamientos técnicos) las sentencias y más aún a sus autores, cuando no organiza  juicios paralelos implacables…”

“…Las Asociaciones de Jueces constantemente dan su opinión sin que nadie se la pida, y la mayoría de los jueces calla y padece mientras algunos se asoman con insistencia a la pantalla dispuestos a provocar un escándalo tras otro con tal de que los periodistas les entrevisten o, al menos, hablen de ellos…”

“…HAY DELITOS QUE TODO EL MUNDO CONOCE MENOS EL FISCAL Y EL JUEZ DE INSTRUCCIÓN. Y lo peor de todo: la Justicia se ha convertido en una carta más de la baraja política, que se maneja en jugadas vergonzosas a la vista de toda la nación…”

“…POR LO PRONTO, TODOS SE APRESURAN A NEGAR SU RESPONSABILIDAD, QUE VA TRASLADÁNDOSE DE LOS UNOS A LOS OTROS. NADIE TIENE CULPA DE NADA Y HAY DISCULPAS PARA TODO: ES LA LEY QUE ESTÁ MAL HECHA Y QUE NO PUEDE MEJORARSE PORQUE EL GOBIERNO Y LA OPOSICIÓN NO SE PONEN DE ACUERDO; ES LA PENURIA ECONÓMICA QUE REGATEA LOS MEDIOS INDISPENSABLES; ES LA PRENSA QUE ENTURBIA LA RAZÓN Y  ESTIMULA LAS PASIONES; SON LOS JUECES DOMINADOS POR LA PEREZA Y LA IGNORANCIA, ES EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL QUE MARGINA A LOS MÁS COMPETENTES….EN ESTAS CONDICIONES LA RESPONSABILIDAD SE ESCURRE Y NO SE SABE POR DONDE EMPEZAR NI A QUIEN DIRIGIRSE…”


“…A falta de reflexión y de auténtica voluntad reformadora, lo que más gusta es distraer la atención con la manipulación de fenómenos parciales o colaterales para así evitar que la opinión pública se concentre en las cuestiones de fondo, que no se tocan ni se quieren tocar: CORTINAS DE HUMO…”

“…La experiencia enseña que las reformas que afectan a grupos (y más si se trata de grupos corporativizados) provocan de ordinario reacciones violentas de los interesados, que se resisten a aceptar la reforma. Con la consecuencia de que no hay gobierno que se atreva a asumir el riesgo de una huelga –o protesta generalizada- de jueces que estarían siempre apoyados por una oposición insensata, insolidaria e irresponsable…”

“…Ha continuado los surcos de la peor tradición e incluso agravado las corruptelas conocidas como consecuencia de un factor no nuevo pero que en la actualidad ha adquirido una singular relevancia: LA JUDICIALIZACIÓN DE LA VIDA PÚBLICA…”

“…La administración de justicia se hundía en el pantano de la ineficacia y se enfangaba en el descrédito {…} En este contexto la posición de los jueces no puede ser más descorazonadora, deprimente incluso. Porque son conscientes de la existencia de varias circunstancias insuperables: por un lado su evidente manipulación política, por otro, la técnicamente deleznable y éticamente intolerable masa normativa que están obligados a aplicar, en tercer lugar, la falsedad de los fundamentos constitucionales (la independencia y la responsabilidad en que dice basarse todo el sistema), y en fin; en lo que es ahora más directamente interesa, han de contemplar impotentes la imposibilidad, incluso física, de aplicar esas leyes buenas o malas, con la consecuencia de que ellos –que han de velar por la legalidad de las conductas de los demás- son incapaces de actuar legalmente. Los jueces, que deben dictar dos sentencias diarias y tramitar entre quinientos y mil asuntos pendientes, no pueden resolver dentro de los plazos legales y, de la misma forma, no pueden asistir personalmente a las pruebas como la ley les obliga. De esta manera niegan ellos mismos a las partes el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, que son constitucionalmente los encargados de proteger. ¿Qué autoridad moral queda al incumplidor para exigir cumplimientos a los demás? ¿Qué fiabilidad puede darse a un sistema que nace castrado?...”

“…A partir de aquí se salta de nivel y de la descripción se pasa, en una segunda parte, al análisis judicial o, si se quiere, su SUPERESTRUCTURA IDEOLÓGICA –la independencia y la responsabilidad-, en donde se describe el secreto de Arlequín que todo el mundo conoce y del que nadie se atreve a hablar. Porque resulta que ninguna de las dos existen ya que la primera es un mito, una leyenda, y la segunda una ficción, sin olvidar que la autonomía y el autogobierno imputados al Consejo General del Poder Judicial son pura y simplemente una falsedad…”

“…En definitiva, el hecho es que el llamado Poder Judicial no sólo no está en condiciones de cumplir una de sus funciones esenciales –el control del poder político[1]- sino que se ha convertido en un instrumento de ese Poder al que debería controlar. EL PODER JUDICIAL EN CUANTO INSTITUCIÓN CONSTITUCIONAL NO EXISTE. {…} Desconocer esta realidad –o silenciarla pudorosamente, que es peor- es políticamente  un engaño intolerable y académicamente un falso planteamiento que esteriliza sin remedio el discurso completo…”

“…Lenta, ineficaz, arbitraria, incoherente, discriminadora con los acusados, abusiva en el uso de la prisión preventiva y depositaria de un poder excesivo…”

“…la dilación, la lentitud e inoperancia de la ejecución de sus decisiones, la escasa accesibilidad, lo elevado de sus costes, el distanciamiento y conservadurismo de los juzgadores, la pobre calidad, el sesgo o parcialidad de sus fallos, el corporativismo y la corrupción de algunos de sus miembros son algunos de los problemas frecuentemente divulgados…”(Pastor Prieto).

“La justicia en Argentina es lenta, cara, poco transparente y por ello no igualitaria  {…} "

“…El atasco de la administración de justicia está en íntima relación con la tardanza en las resoluciones. La justicia tardía y la justicia atascada son las dos caras de la falsa moneda de la mala justicia…”

JUSTICIA DESIGUAL

“…Hay algo de desconcierta singularmente a los ciudadanos, a saber: que los jueces se comportan y resuelven de distinta manera según quién  sean los reos y los litigantes. Grave es que los pleitos se arrastren durante años y trienios y que los procesados padezcan e su carne y honra interminables meses de prisión preventiva y años de procesamientos hasta que finalmente son puestos en libertad sin cargos o absueltos por sentencias cuando los daños materiales y morales producidos ya son irreparables…”

“…La alegoría de la Justicia con los ojos vendados es una burla con ribetes de sarcasmo, dado que la augusta matrona ve muy bien a los que está enjuiciando y sabe tratarlos con las adecuadas diferencias…”

“…La vara de la Justicia es doble, si no múltiple, y sabe adaptarse a cada caso individual. La ley es, por lo visto, igual para todos, pero en los procesos y sentencias, cada cliente recibe un trato personalizado, como dice la publicidad de las empresas modernas de servicios…”

“…el secreto está en pertenecer al grupo de los amigos, con los que cualquier tolerancia es poca, o de los indiferentes, a los que se aplica la ley en su punto, o de los enemigos, a quienes se reservan todas las durezas imaginables…”

¿Y QUE DECIR DE LA JUSTICIA DE VERANO?

“…La sensibilidad popular siempre se ha percatado de la falta de constancia, de la irregularidad de los comportamientos judiciales –hoy rigurosos, mañana benévolos- que se ha manifestado en expresiones tan plásticas como “justicia de enero” y “justicia de verano”. Según el Diccionario de la Real Academia con la justicia de enero “se da a entender que ciertos jueces u otros funcionarios no suelen perseverar en el excesivo rigor que ostentan cuando principian a ejercer sus cargos”. Es la justicia de verano, no obstante la que aquí particularmente interesa. Con esta expresión se alude al rigor (o por el contrario, a  la laxitud) inesperado e intermitente con que actúan los jueces por causas ajenas al proceso. Así ocurre cuando se quiere dar un ejemplo amenazador –un castigo ejemplar- para que los demás aprendan en cabeza ajena…”

“..los jueces no están para hacer justicia ejemplar o justicia de verano sino justicia a secas…”

“…los juzgados tienen cajas de velocidades con toda clase de registros de piñones y el juez mete la marcha que conviene a una de las partes sin preocuparse de los demás litigantes…”

“…Hoy se admiten unas pruebas que mañana se rechazan y los plazos se alargan o encogen a la medida de intereses personales. En ocasiones vigila el juez por el cumplimiento riguroso de los trámites y en ocasiones deja dormitar y aun dormir los autos hasta que desaparecen en el polvo de los archivos, quizás para no despertar nunca…”

“…Lo más grave es, no obstante, la agudeza auditiva o, por el contrario, la sordera del instructor. Por que hay casos en que percibe los más leves deseos de una parte (si es que no se adelanta a ellos) y en otros nada oye y se niega terminantemente a escuchar. Hay perjudicados que se desgañitan y presentan escrito tras escrito denunciando incumplimientos de trámites, situaciones ilegales intolerables, y todo va a parar, sin ser leído, a la fosa común de las reclamaciones que carecen de salvoconducto personal. Así pasan las semanas, los meses y los años y hay que contemplar con indignación cómo otros procesos adelantan al nuestro por la derecha. Y también con impotencia, habida cuenta de que cuando se utilizan los recursos"







[1] Nota propia: adviértase que el control es sobre el poder político, lo que abarca necesariamente al poder político de la oposición. Señalo esta obviedad pues todo el mundo cuando habla de independencia lo hace en referencia al Poder Ejecutivo, cuando en realidad el término tiene una significancia actual que abarca a cualquier poder….esto es puede ser el poder de la oposición, de los medios, de los grupos económicos, de los grupos de interés, del narcotráfico etc. 

lunes, 30 de noviembre de 2015

JUEZ Y DEMOCRACIA. "Una reflexión muy actual. (extracto. 1ra entrega)










1.- “…Garapon observa con preocupación la tendencia detectable en Francia (pero también en España o Italia) a estirar el brazo judicial más allá de los que es su radio de alcance natural: parecemos encaminarnos, en un impulso colectivo tan intenso como probablemente inconsciente, hacia un “gobierno de los jueces”. Y ello no puede sino alarmar. Los jueces aplican las leyes, pero no las hacen, velan por el cumplimiento de lo éstas prometen, pero no son los autores de tales promesas; zanjan conflictos quitando o dando la razón en derecho, pero no les corresponde gobernar. LA JURIDIFICACIÓN DE LA VIDA POLÍTICA NO CONSOLIDA NI REFUERZA LA DEMOCRACIA; POR EL CONTRARIO, LA DEBILITA…”

2.- “…La judicialización de la vida política lejos de representar un estadio superior, más avanzado de madurez democrática constituye más bien un síntoma de la falta de aliento y escasez de reflejos de las instituciones políticas…”

3.- “…La idea de “responsabilidad política” parece haberse evaporado del tablero político: no se concibe, ni admite, otra responsabilidad que la jurídica, es decir que la penal…”

4.- “…La clase política se ha hecho fuerte tras la idea -¡ tan deletérea!- de que la responsabilidad política sólo es exigible una vez establecida la responsabilidad jurídica: es decir, cuando ya no tiene función ni sentido…”

5.- “…Se trata de un auténtico fracaso de lo político que abre la puerta al fantasma de la “democracia directa mediática”. Cuando las instancias puramente políticas incumplen una de sus funciones más básicas (engranar intereses contrapuestos, armonizar propuestas dispares, pactar soluciones de consenso) y opta por el más fácil –pero anti político- camino del “todo o nada jurisdiccional” se produce un automático cambio en las reglas del juego. Los medios de comunicación adquieren un imprevisto protagonismo como difusores de conflictos que pasan a eternizarse y que un buen día son dados por zanjados por la opinión pública, mucho antes de que sea pronunciada al respecto la última palabra jurisdiccional…”

6.- “…esta nueva “voz del pueblo” –una voz claramente más rápida, inmediata y directa que la parlamentaria, pero en modo alguno más representativa- tiende así a suplantar, por vía de los hechos, a las instancias formales de representación ciudadana…”

7.- “…Así la posición de la justicia es paradójica: reacciona ante una amenaza de desintegración y al hacerlo contribuye a promoverla…”

8.- “…alegato a favor de la democracia sin “rumor de togas” (ahora que el “ruido de sables” constituye, en nuestras sociedades occidentales un feliz anacronismo). Es decir, una democracia representativa que recupere en
plenitud el juego de lo político y en la que los distintos niveles de responsabilidad sean adecuadamente definidos y exigidos, en vez de mezclados, confundidos y pospuestos…”

9.- “…El juez se manifiesta en un número cada vez más amplio de sectores de la vida social. En primer lugar, en la vida política {…} No se busca solo al jurista o al árbitro en el juez sino también al conciliador, al pacificador de las relaciones sociales, incluso al animador de la política pública {…} Esta exigencia es absoluta. Todo, y todo el mundo, debe ahora ser justiciable…”

10.- “…Si todo y todos son ahora justiciables, asimismo se espera todo de la justicia; no sólo una justiciabilidad ilimitada sino también una JUSTICIA TOTAL. La justicia no puede ya contentarse con definir lo justo, debe a la vez instruir y decidir, acercarse y guardar las distancias, conciliar y romper, juzgar y comunicar…”

11.- “…Este incremento del poder de la justicia, finalmente, oculta dos fenómenos en apariencia muy diferentes –incluso contradictorios- cuyos efectos convergen y se refuerzan: la debilitación del Estado bajo la presión del mercado por una parte, y el hundimiento simbólico del hombre y de la sociedad democráticos por otra…”

12.- “…El activismo judicial, que es el síntoma más aparente, no es más que una pieza de un mecanismo más complejo que requiere otros engranajes como la debilitación del Estado, la promoción de la sociedad civil y,    por supuesto, la fuerza de los medios de comunicación…”

13.-  “…La referencia irrazonada  de todas las frustraciones modernas a la justicia, el entusiasmo ingenuo por su omnipotencia, pueden jugar en contra la justicia misma…”

14.- “…la invocación a diestro y siniestro al derecho y a los derechos tiene como efecto someter al control del juez sectores completos de la vida privada, antes fuera de todo control publico…”

15.- “…Peor aún, esta “judicialización” acaba por imponer una versión penal a toda relación –política, administrativa, comercial, social , familiar, incluso amorosa- ahora descifrada desde la perspectiva binaria y reductora de la relación víctima / agresor…{…} Este lenguaje jurídico simplista, se enraizarse en una lógica sacrificial que se creía definitivamente dominada...”

16.- “…Los medios con el pretexto de asegurar una máxima transparencia, pueden privar a los ciudadanos de unas mínimas garantías –como la presunción de inocencia- al mantener la ilusión de una democracia directa…”

17.- “…Los juristas se ven tentados a abusar de esta posición dominante para ponerle precio a la democracia. Hasta agotar la riqueza…”

18.- “…A través de la justicia, el anhelo democrático se enfrenta con la carne de lo social, con las pasiones democráticas, con la desmesura de los hombres, con el absurdo de la violencia y con el enigma del mal. Asumir la parte humana de la justicia llevará a hablar de las pasiones tanto como de la razón, de las emociones tanto como de la argumentación, de los medios de comunicación tanto como del procedimiento, de la cárcel tanto como de las libertades. Nuestra democracia tiene quizás menos necesidades de construcciones –o de destrucciones- teóricas que de nuevas referencias para asumir las “mediaciones imperfectas” que son nuestras jurisdicciones…”

19.- “…El juez sigue siendo una cuestión políticamente incorrecta al no haber adquirido la plena dignidad democrática..” {…} Han sido necesarios cerca de veinte años para traducir a Dworkin o a Rawls. Porque la justicia, finalmente, ha sido relegada durante mucho tiempo al rango de una cuestión intelectualmente inexistente, al no constituir un campo autónomo para las ciencias sociales ni una auténtica fuente de interrogación filosófica…”


20.- “…en “Surveiller et Punir”, que ha tenido una inmensa resonancia entre los profesionales, Foucault no considera la justicia ni la prisión más que como una microfísica del poder…{… } La tradición francesa para directamente de la filosofía moral a la filosofía política sin preocuparse demasiado de la filosofía del derecho, que sigue sin enseñarse en las facultades…”

21.- “…La justicia escribe Rawls, es la primera virtud de las instituciones sociales, como la verdad es a la de los sistemas de pensamiento…”

22.- “…Lo que se denomina respetuosamente periodismo de investigación no es más, a menudo, que un periodismo de delación. Todo el mundo denuncia a todo el mundo, lo que  no hace más que recordar, a un nivel más alto, la guerra de todos contra todos. {…} Algunos políticos utilizan ahora la justicia para debilitar a sus adversarios. Esta utilización estratégica de la justicia con fines a muy corto plazo es reveladora del individualismo que está ganando la vida política…”


23.- “… Las elites republicanas no cumplen con su deber de garante moral de la justicia. Los servidores del Estado han perdido su papel de autoridad, es decir de guardianes de la República {…} La politización de los funcionarios va a la par con la funcionarización de la vida política. Los funcionarios parecen aplicar más un programa gubernamental que un proyecto de sociedad. Tal evolución recompensa el servilismo y penaliza el profesionalismo…”

24.- “…El tercer poder se enriquece con la discordia de los dos primeros y se corre el peligro de que el árbitro, como Raminagrobis, acabe devorando a quienes recurren a él…”

25.- “…El tercero imparcial compensa el déficit democrático de una decisión política destinada ahora a la gestión y le da a la sociedad la referencia simbólica que la representación nacional le da cada vez en menor medida. Al juez se le llama al rescate de una democracia en la cual un legislativo y un ejecutivo debilitados, obsesionados por plazos electorales siempre presentes, ocupados tan solo a plazo corto, sometidos al temor y a la seducción de los medios, intentan gobernar día a día a ciudadanos indiferentes y exigentes, replegados en sus vidas privadas, aunque esperando del político lo que no es capaz de dar, una moral, un proyecto amplio…” ( J. D. Bredin. “Un gouvernement des juges”, Pouvoirs, 1994, París)

26.- “…Semejante paisaje democrático no puede dejar de suponer nuevos peligros. El exceso de derecho puede desnaturalizar la democracias, el exceso de defensa paralizar cualquier toma  de decisión, el exceso de garantías hacer que la justicia caiga en una especie de moratorio ilimitada. A fuerza de verlo todo a través del prisma deformador del derecho, se corre el riesgo de criminalizar el vínculo social y reactivar la vieja mecánica sacrificial. La justicia no puede sustituir al político, a riesgo de dar paso a la tiranía de las minorías, o a una especie de crisis de identidad. Dicho brevemente, un mal uso del derecho es tan amenazador para la democracia como un exceso de derecho…”

27.- “…La democracia jurídica ya no se puede pensar más que de una manera negativa y defensiva. Puede producirse una implosión. A fuerza de multiplicar los derechos se pierde la idea de derecho; a fuerza de pensar la libertad en términos negativos, se olvida que también es positiva, con la posibilidad –o la necesidad- de participar en el debate sobre el derecho. Por no pensar en los contrapoderes, ya no se sabe cómo pensar en la obligación, por no saber distinguir entre la violencia legítima y la violencia ilegítima, ya no se sabe determinar la deuda, es decir el derecho de entrada en la vida en común. Investida con tales poderes la justicia corre el gran riesgo de decepcionar. Para prevenir tal hundimiento de la democracia, que podría serle muy perjudicial, hay que analizar las paradojas con las que se enfrenta, y en primer lugar entre éstas, por supuesto, el poder inédito que se atribuye a los jueces…”

28.-  “…Aharon Barak, quien llegara a ser Presidente del Tribunal Supremo de Israel, advierte oportunamente que  no se puede hablar de activismo del juez cuando éste tiene que elegir entre una solución jurídicamente correcta y otra que no lo es. Entonces no se trata ya de activismo sino de incompetencia. El activismo empieza cuanto entre muchas soluciones posibles la elección del juez se ve animada por el deseo de acelerar el cambio social o, por el contrario, de frenarlo…” ( A. Barak. Judicial Discretion. Yale University Press. New Haven, 1989).

29.- “…El activismo adopta entonces dos formas: bien la nueva clerecía de juristas si el cuerpo de los jueces es poderoso, o bien, a la inversa, la de algunas individualidades apuntaladas por los medios de comunicación si la magistratura no tiene una gran tradición de independencia…”

30.- “… La tentación populista se caracteriza en primer lugar por la pretensión de un acceso directo a la verdad. Algunos individuos aprovechan los medios de comunicación para emanciparse de toda tutela jerárquica. Los medios les ofrecen un acceso directo al auditorio universal, por utilizar la expresión de Perelman: es decir, a la opinión pública…{…} Todas las anulaciones procedimentales se purgan mediante esta instancia salvaje de recurso que son los medios, y los argumentos técnicos de derecho o de procedimiento no tardan en aparecer ante la opinión pública como argucias, artificios inútiles que impiden que la verdad estalle. La búsqueda directa del asentimiento popular por los medios interpuestos por encima de toda institución es un arma temible puesta a disposición de los jueces y que hace mucho más presente la deriva populista. El populismo, en efecto, es una política que pretende, por instinto y experiencia, encarnar el sentimiento profundo y real del pueblo. Ese contacto directo del juez y la opinión se nutre además con el descrédito del político. El juez mantiene el mito de una verdad que se basta a si misma, que no tiene necesidad de la mediación del procedimiento…”

31.- “…Esos jueces mediáticos, surgidos de la sombra  por un caso o por un acusado célebre, reaccionan de forma muy diferente. Algunos sienten la tentación de ver en el ejemplo de sus colegas italianos la prueba de que, cuando el estado está corrompido, ellos son el último recurso {…} El debilitamiento del Estado y la formidable tribuna que ofrecen los medios despiertan una mentalidad de cruzada en una parte de la magistratura {…} El recurso a los medios era la única manera de prevenir las interferencias políticas. SE ENCUENTRAN JUECES A LOS QUE UNA EXCESIVA APLICACIÓN A PASAR POR INCORRUPTIBLES LES EXPONE A SER INJUSTOS”, decía ya La Bruyere. Los jueces, en efecto, justifican sus contactos con los medios con el interés superior de la justicia. Algunos jueces reivindican abiertamente el recurso a la estrategia mediática para luchar por que no se entierren determinados casos. PERO, ES PAPEL DEL JUEZ TENER UNA ESTRATEGIA?...”

32.- “…Deriva aristocrática o tentación populista tienen en común emancipar al juez de la autoridad del soberano. El juez disfruta necesariamente de una total irresponsabilidad política. Las tensiones económicas o las de la política internacional le son ajenas. Una política que no reconsidera periódicamente su poder ¿ puede calificarse de democrática?...”

33.- “… Ya d`Aguesseau ponía en guardia contra “el magistrado que sólo cuenta con su razón y que se somete, sin pensarlo, a la incertidumbre y al capricho de su temperamento. Como la razón no es ya la norma común de los juicios, cada uno establece una norma, y, si nos atrevemos a decirlo, una justicia conforme con el carácter de su espíritu…” ( citado por F. Gorphe, Les Décisions de justicie, etude de psychologie judiciaire, Sirey, París. 1952)

34.- « ...Sea que la magistratura adquiera la forma de un cuerpo reaccionario o de jueces incontrolables, el carácter de “intocable” del juez es algo como para preocupar. El juez hace que la democracia corra un riesgo de activismo, al crear un derecho pretoriano, o a la inversa, un riesgo de inmovilismo, al impedir reformas deseadas por la mayoría. En uno u otro caso, atenta contra una virtud cardinal de todos sistema de derecho, que es la seguridad jurídica. Una jurisdicción no tiene medios para legislar, el juez no dispone de instrumentos para eso y se encuentra en la incapacidad de “sustituir una verdadera dinámica política a la que le poda sus manifestaciones”. Los casos que se le someten son necesariamente discontínuos y no hay coherencia entre ellos…”

35.- “… El juez se convierte en el nuevo ángel de la democracia, que reclama un estatuto de privilegio, el mismo del que él ha expulsado a los políticos. Se inviste de una misión redentora en cuanto a la democracia, se coloca en una posición de dominio, inaccesible a la crítica popular. Se nutre del descrédito del Estado, de la decepción en cuanto a la política. La justicia, así, finalizaría el proceso de despolitización de la democracia…”








[1] Antoine Garapon. Flor del Viento Ediciones. España 1997.

miércoles, 25 de noviembre de 2015

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. 2da. PARTE






   Mientras los compañeros eran desamparados, torturados, secuestrados y desaparecidos por un estado terrorista, solo sus familia y amigos dieron la tortuosa tarea de obtener justicia. Justicia que con la venda en los ojos que la representa, estaba puesta en esos momentos no para garantizar imparcialidad e independencia cuando mas se necesitaban, sino para permitir las atrocidades que se estaban cometiendo.

  Una justicia verdadera nunca puede traicionar a los ciudadanos.

Entre 1983 y 2003 la impunidad fue la regla. En esos tiempos aciagos de la dictadura las Madres de Plaza de Mayo, Abuelas, el CELS, fueron las voces de la libertad y de la lucha reivindicativa por la verdad, la memoria y la justicia.

La sociedad civil lucho denodadamente contra las leyes de Punto Final (1986) y Obediencia Debida (1987), mientras que la justicia no estuvo a su altura a someterse a ellas en forma a critica cuando podía haberlas combatido.

Los delitos referidos a los niños desaparecidos no se persiguieron como crímenes de lesa humanidad, ni siquiera se hizo en forma coordinada. Lo que había sido un plan sistemático de eliminación y desaparición nunca se enfrento como tal en esos años; tampoco se abordaron investigaciones serias, sobre la depradación económica que acompaño a la dictadura, ni sobre el propio componente económico financiero que la identifica.

Desde hace 12 años las cosas cambiaron definitivamente  en este país. La decisión política indiscutible del presidente Nestor Kirchner de impulsar una política de justicia sin limitaciones, junto a la anulación parlamentaria de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final abrieron definitivamente las avenidas de la justicia.

Nadie puede discutir, hoy día, que la Argentina esta escribiendo la pagina mas luminosa de la historia judicial universal contra la barbarie desde los juicios de Nuremberg.

Debemos advertir la connivencia del Poder Judicial con el régimen militar.

Funcionarios judiciales, abogados, docentes del derecho también fueron actores fundamentales en aquel contexto autoritario, ya fuera a través del apoyo directo a los mandos militares, participando en torturas, o elaborando leyes que daban cobertura legal a practicas genocidas o del apoyo indirecto, al dejar a un lado su deber de investigar y archivar las denuncias de las victimas o sus familiares.


El  régimen se valió del Poder Judicial para legitimarse interior y exteriormente y, a cambio, el Poder Judicial se erigió como valedores de la moralidad nacional y,amparados en un ideario conservador elitista, mantuvieron la ficción de un Poder Judicial independiente, interpretando el derecho no en función de los acontecimientos, sino en la linea del control social impuesto por las Juntas Militares. FUERON CÓMPLICES Y COMPLACIENTES.

 129 funcionarios judiciales han sido vinculados a alguna practica terrorista del régimen autoritario. 90 de ellos han sido denunciados penalmente. 53 están formalmente imputados. Solo 1 se encuentra condenado.

La 3ra parte de los funcionarios judiciales actuales que han sido denunciados por las agencias del Estado, los movimientos sociales, o las victimas continúan ocupando un puesto en la administración.

Un Poder Judicial COMPLACIENTE, INDOLENTE y CÓMPLICE del silencio constituye el peor cáncer para una sociedad, que no puede confiar en aquellos que son el ultimo baluarte de la protección de sus derechos.

El ideario de un funcionario judicial no puede ser arbitrario, y mucho menos puede caminar de la mano de una ideología que torturo, desapareció y robo la identidad de miles de argentinos y argentinas.

La independencia e imparcialidad del Poder Judicial ha de ser un factor empíricamente medible, y quienes lo administren no han de olvidar jamas que lo hacen en nombre del pueblo, que es el verdadero titular de tal poder, y que deben ejercerlo con una verdadera vocación de servicio y con un compromiso claro y definitivo con los derechos humanos por encima de todo.

        Políticas neo liberales.

Innegablemente las torturas, las violaciones, las humillaciones y los insultos que en [ los centros clandestinos de detención, tortura, muerte y desaparición] se repetían a diario no habrían podido darse si las figuras de jueces no las hubieran sostenido archivando denuncias y renunciando a su deber de investigar o, al menos, no habrían contado con la impunidad posterior que durante décadas ha servido de parapeto a los culpables.

(Extractos del libro “Usted también Doctor” de Juan Pablo Bojoslavsky



martes, 24 de noviembre de 2015

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS











LA COMPLICIDAD

        La Justicia en la Argentina se han focalizado primariamente en conocer la verdad acerca de las violaciones graves de los derechos humanos perpetradas durante la dictadura, sancionar a los responsables de los delitos de sangre y forjar la memoria en torno a esos hechos.

        Ahora habrá que avanzar sobre la dimensión civil de la dictadura, que incluye a actores económicos, funcionarios judiciales, la iglesia, periodistas, medios de comunicación e intelectuales.

        Esas estructuras y redes del Poder Judicial cómplice de alguno modo vigentes e impunes, se expresa y manifiesta en la fuerte reticencia de avanzar con los procesos contra los genocidas.

        Los logros que implico la remoción de los jueces de la Corte Suprema de la dictadura en 1983 fueron en parte diluidos por la continuidad de varios funcionarios judiciales designados por las juntas en todo el país. Por ello no sorprende la connivencia – ya en democracia- de una gran cantidad de jueces y fiscales de la familia judicial, dirigida a obstaculizar o dilatar los juicios contra los genocidas, asi como perseguir a quienes denunciaban a los funcionarios cómplices (caso KIMEL)


ESTRATEGIA REPRESIVA

        Hubo dos motivos centrales por los cuales se ejecutó esa estrategia de persecución y asesinato: 1) de esa manera se facilitaba la implementación de la Doctrina de la Seguridad Nacional, que exigía flexibilidad y eficacia en la represión de los enemigos internos; 2) el experimento fallido del Camarón para silenciar las disidencia políticas (el 16% de los amnistiados luego del Camarón fueron desaparecidos luego del golpe de 1976).

        Una parte significativa del Poder Judicial durante la dictadura en la Argentina fue activa  en su colaboración con el régimen -no solo complaciente o apolítica- 1) denegación sistemática de hábeas corpus; 2) confirmación de las normas de facto represivas: 3) reticencia a investigar seriamente los crímenes; 4) instrucción de causas fraudulentas para extorsionar a empresarios en complicidad con las fuerzas de seguridad; 5) sanciones a jueces independientes; 6) participación en maniobras de ocultamiento de cadáveres y las razones de las muertes; 7) apropiación de niños nacidos en cautiverio; 8) intervención en tribunales militares para condenar civiles; 9) colaboración para interrogar y torturar a detenidos; 10) delación de los abogados comprometidos con el reclamo de las víctimas.

        Este Estado de excepción fue positivizado, pues constituyo el argumento utilizado para sustentar el ordenamiento jurídico de la dictadura, que subordino la Constitución Nacional a la voluntad de las Fuerzas Armadas, todo lo cual fue confirmado por la jurisprudencia nacional.

         La Corte Suprema estableció abiertamente  que las Actas Institucionales y el Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional eran normas que se integraban a la Constitución en la medida en que subsistieran las causas que habían dado legitimidad a esas misma normas de facto.

        Esta situación también se invocó para justificar la extensión del estado de sitio, la convalidación de la justicia militar para juzgar civiles, la suspensión del derecho de opción a salir del país y la lesión del debido proceso, entre otras garantías constitucionales.

        Los regímenes represivos se han servido de los jueces para sus propósitos criminales, en primer lugar porque los jueces pueden ser utilizados para ejercer un férreo control social y marginar a los opositores, luego, los jueces también pueden forjar y reforzar la legitimidad de ese mismo tipo de gobierno, sea contribuyendo a que este racionalice el uso de la fuerza o transmitiendo la imagen de que la división de poderes y el estado de Derecho son respetados en el país.

        El Poder Judicial argentino desempeño un papel decisivo en la estrategia represiva del gobierno y en el intento de legitimarlo, legal e institucionalmente. La CSJN y numerosos tribunales inferiores ratificaron la validez jurídica del golpe, la arrogación del poder constituyente y las normas represivas que había dictado la Junta Militar, mientras desamparaban a las víctimas y desconocían la dimensión sistematiza de las graves violaciones de derechos humanos entre 1976 y 1979.

        La Jurisprudencia de la CSJN parece haber fortalecido la consideración publica domestica hacia la Junta Militar. Los argumentos utilizados por el tribunal alternaban entre la “necesidad de proteger a la nación frente  a la amenaza del avance del comunismo” y un positivismo ideológico que manipulaba los textos de las normas de la dictadura.

        La CSJN legitimó el argumento por el cual se aceptaba la necesidad de ordenar y pacificar al país y el rol que les incumbía en ello a las fuerzas Armadas. La CSJN evaluaba la proporcionalidad entre esos fines y los medios (violaciones a los ddhh), asegurando no conectar los casos, de manera que no se percibiera la dimensión sistémica y planificada del terrorismo de estado.

        La CSJN actuó como contrapeso del poder y al mismo tiempo como fuente de su legitimación.

LA CSJN

        El 24 marzo de 1976, la Junta Militar anuncio el Acta para el Proceso de Reorganización Nacional que disponía la remoción de los miembros de la CSJN, el Procurador General de la Nación y los jueces de los Tribunales  Superiores provinciales.

        El 2 de abril se publicaron los nombres de los nuevos jueces. La tarea fue realizada por la Fuerza Aérea a cuyo cargo había quedado el Ministerio de Justicia.  Para ello la Fuerza Aérea contó con la colaboración del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.

        Por Dios nuestro señor y estos santos Evangelios […] desempeñar las funciones del cargo del juez de la Corte […] de conformidad con lo que prescriben los objetivos básicos fijados y el estatuto para el Proceso de reorganización nacional y la constitución Nacional. Según el acta fijando el propósito y los objetivos básicos del Proceso de Reorganización Nacional, los objetivos eran, asegurar: 1) la vigencia de la seguridad nacional, erradicando la subversión y las causas que favorecen su existencia; 2) vigencia de los valores de la moral cristiana; 3) la tradición nacional y la dignidad de ser argentino.

        Gabrielle, Heredia, Rossi, Caride, Videla Escalada, luego Frias, Daireaux, Guastavino, Neil Black, Renom, Gneco y Martínez Vivot. Todos jueces conservadores, posición en defensa de las tradiciones, el derecho de propiedad, el orden y la religión como centrales para la vida social, y a una mirada restrictiva respecto de la libre elección de un plan de vida.

        Como es sabido la CSJN convalido repetidamente usurpaciones del poder democrático. Lo hijo relativamente rápido en “ERCOLI” en noviembre de 1976 (fallos 296:372).

        En el caso de varias intervenciones anteriores a 1976, se trataba de un órgano en funciones que se expedía, incluso fuera del marco de un caso concreto, sobre la legalidad de un nuevo gobierno, esto es lo que sucedió con las Acordadas de 1930 y 1943. La diferencia con el caso de la Corte en 1976 es que los jueces de la dictadura acababan de ser designados.



(Extractos del libro “Usted también Doctor” de Juan Pablo Bojoslavsky)





lunes, 23 de noviembre de 2015

LA CRISIS SEGÚN ALBERT EINSTEIN








" No pretendamos que las cosas cambien, si siempre hacemos lo mismo. La crisis es la mejor bendición que puede sucederle a las personas y países, porque la crisis trae progresos, La creatividad nace de la angustia como el día nace de la noche oscura. Es en la crisis que nacen la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Quien supera la crisis se supera a sí mismo sin quedar superado.

Quien atribuye a la crisis sus fracasos y penurias, violenta su propio talento y respeta más los problemas que a las soluciones. La verdadera crisis, es la crisis de la incompetencia. El inconveniente de las personas y de los países es la pereza para encontrar las salidas y las soluciones. Sin crisis no hay desafío, sin desafío la vida es una rutina, una lenta agonía. Es en la crisis donde aflora lo mejor de cada uno, porque sin crisis todo viento es caricia. Hablar de crisis es promoverla, y callar en la crisis es exaltar el conformismo.

En vez de esto, trabajemos duro, acabemos de una vez con la única crisis amenazadora, que es la tragedia de no querer luchar por superarla"

Albert Einstein  1875-1955