lunes, 16 de noviembre de 2015

TERRORISMO. Recordando viejos escritos.















Con motivo de los atentados terroristas ocurridos en Francia durante la pasada semana, se me ocurrió transcribir algunas breves consideraciones que hiciera cuando siendo asesor del Senado de la Nación tuviera oportunidad de opinar sobre el proyecto de ley sobre Terrorismo. Si bien, eso ocurrió allá por los años  2007/2008, entiendo que algunos conceptos pueden ser aún de utilidad para comprender este fenómeno.



 



1) Declaraciones

TERRORISMO

A)
"YO ESTOY IMPULSADO POR DIOS A LLEVAR A CABO UNA MISIÓN. DIOS ME DIRÍA; "GEORGE VE Y COMBATE A ESOS TERRORISTAS EN AFGANISTAN". Y LO HIE. LUEGO ME DIRÍA: "GEORGE, VE Y TERMINA CON ESA TIRANÍA EN IRAK"...Y LO HICE"

                            Declaración de George W. Bus, ante el canciller palestino Nabil  SAT, junio de 2003 (Egipto).




B) 


"AMÉRICA ESTÁ REPLETA DE HORROR DE NORTE A SUR, DE ESTE A OESTE Y GRACIAS A DIOS, ESTÁ PROBANDO AHORA SOLO PARTE DE LO QUE NOSOTROS HEMOS PROBADO. ALÁ HA DEVUELTO A EE.UU LO QUE SE MERECE"

                    Osama Bin Laden, en su primera grabación conocida tras los ataques, el 8 de octubre de 2001.



C)


"SI HOY EXISTE LA AMENAZA CONTRA LA PAZ DEL MUNDO, ESTA PROVIENE, UNA VEZ MÁS, DEL FANATISMO, O SEA DE LA CREENCIA CIEGA EN LA PROPIA VERDAD Y EN LA FUERZA CAPAZ DE IMPONERLA"

                           Norberto Bobbio. “El futuro de la democracia”. Fondo de Cultura Económica. México 1996.-


LA NUEVA DOCTRINA:  LA GUERRA  PREVENTIVA

“En  algún momento seremos los únicos
supervivientes. Para mí está bien así. Somos América”.
                            Presidente George W. Bush, 2002

                   “EL MUNDO YA NO ES UN LUGAR SEGURO”


                   Desde hace unos años el mundo vive una instancia en que la paz y la guerra son estados inestables. La devastación de una guerra puede afectar a cualquier país en cualquier momento.
                A partir del 11 de setiembre de 2001, somos testigos de la gran guerra global, donde no hay lugar para los “neutrales”[1]. A diferencia de las tres grandes guerras donde había regiones claramente delimitadas, en esta nueva guerra los límites alcanzan a todo el planeta y a toda la humanidad.
                Estamos inmersos en una guerra que tiene como excusa para poder desarrollarse, para crecer, un objetivo público que es la llamada “Lucha contra el Terrorismo”, que en realidad esconde objetivos económicos, geopolíticos y religiosos.[2]
                Los ataques del 11/S fueron utilizados para crear más odio. La máquina de destruir todo lo que piensa distinto usada por Al-Qaeda para golpear el corazón del imperio norteamericano, ahora es utilizada por los halcones del Pentágono[3].
                Los grupos terroristas ocuparon con comodidad el pedestal de “enemigo” de la seguridad nacional de los EEUU. Una amenaza real que se transformó en la excusa perfecta para seguir interviniendo directa o indirectamente en todo el planeta.
                La violencia en todo el mundo ocurre permanentemente, pero según la posición que ocupa quien observa los actos violentos, se definen esos hechos como “criminales actos de terrorismo” o bien sólo “errores”. Podría decirse que todos entendemos el significado de la palabra “terrorismo”, pero, política de por medio, cambia el sentido según la necesidad de quien comete el acto de violencia o si esa personas, grupo de personas o Estado es víctima de la violencia ejercida por otro.
                “Estados Unidos ha generado el mismo terror que constituye la principal arma del terrorismo. Sus líderes defienden una militancia implacable encaminada a instaurar un imperio americano del terror, más temible que el que pueden concebir los terroristas. Con la promesa de desarmar a todo adversario, utilizar <la  madre de todas las bombas>[4]
                “Estados Unidos ha adoptado progresivamente estrategias militares obsoletas asociadas con una soberanía tradicional que ya no posee plenamente. En busca de un mundo más seguro, ha debilitado sistemáticamente la seguridad colectiva. Como reacción ante la anarquía global, el país ha vacilado entre el recurso a la legalidad y su destrucción, entre la adscripción y la desobediencia a las instituciones internacionales. Se ha acogido a una acción unilateral que vulnera el marco internacional de legalidad y cooperación del que otrora fue arquitecto, marco que constituye la única vía para derrotar la anarquía terrorista. La guerra del presidente Bus contra el terrorismo puede ser justa o no serlo, puede concordar o no con los valores americanos, pero lo más importante es que, en la forma adoptada, no puede derrotar el terrorismo y no lo logrará, a pesar de las victorias militares.”[5]
                La llamada “lucha contra el terrorismo” se viene cometiendo con una infinidad de errores, los que lo único que han logrado en algunos casos específicos es fortalecer a las organizaciones que se decía combatir.
                Poco después del 11 de septiembre, el presidente BusH anunció: “Mientras alguien aterrorice a los gobiernos establecidos, es necesario que haya guerra”. Muy pronto, su administración organizó lo que Bush denominó una “coalición amante de la paz”, que incluía a muchos de los gobiernos más represores del mundo. Pero mientras un líder extranjero recitara el catequismo de Bush sobre el terrorismo, su gobierno quedaba automáticamente certificado como un socio en su cruzada contra el mal.
                Las Águilas del Pentágono siempre señalaron que si América no puede aislarse del plante, entonces debe gobernarlo.
                Si la soberanía americana está en peligro dentro de su propio territorio a causa de la nueva interdependencia que cuestiona las líneas divisorias, las fronteras americanas deben ampliarse para absorber y asimilar las regiones peligrosas para Estados Unidos.
                Ésta es la lógica literal en que se funda el afán hegemónico del Pentágono. No basta con un cambio de régimen en Irak. El objetivo no es simplemente librar a la región de un cruel tirano, sino incorporar Irak (y con él, todo Oriente Medio) en el territorio norteamericano a través de una especie de americanización utópica bajo la apariencia de democratización.
                Así, la Pax Americana, basándose en el pensamiento de Thomas Hobbes, pretende expandir las fronteras americanas al entender que el hombre libre solo halla protección para su libertad bajo el dominio de un gobierno (global) .
                Las Águilas del Pentágono desean responder terror con el terror, recurriendo a la fuerza y el engaño para dominar la anarquía del ámbito internacional. Pero el terror es, por definición, el principal aliado del terrorismo; su objetivo es precisamente arrastrar a los enemigos hacia lo que Mark Juergensmeyer[6] ha denominado un “escenario de terror” que puede llegar a hacerles, literalmente, morir de miedo. Los terroristas han descubierto los oscuros secretos del estado de naturaleza de Hobbes: en un mundo de miedo e inseguridad, hasta el más débil puede matar al más fuerte; el miedo a la muerte puede ser más opresivo que la muerte en sí; y para superar la inseguridad, los hombres pueden verse tentados a renunciar a la libertad, salvo si descubren una fórmula que les permita rehuir la anarquía de la naturaleza sin entregar su libertad. Esa fórmula es el contrato social.
                Al someternos a nuestro propio miedo, los terroristas anulan el contrato social y con ello cierran de nuevo el ciclo en el “estado de naturaleza” hobbesiano.
                Así, EE.UU, luego de los ataques del 11/S formuló una nueva doctrina anunciada como la “Estrategia Nacional de Seguridad de los Estados Unidos de América” y que el presidente Bush explicó señalando: “Debemos atacar al enemigo, truncar sus planes y hacer frente a las peores amenazas antes de que surjan”[7].
                La doctrina de la guerra preventiva, concebida como respuesta a nuevos peligros, introduce también nuevos riesgos. Pretende superar las carencias de las políticas de disuasión y contención que caracterizaron la Guerra Fría.
                “Contra los líderes de los Estados canallas, siempre dispuestos a asumir riesgos, es mucho menos probable que funcionen la disuasión basada solo en la amenaza de la represalia (...) el concepto tradicional de disuasión no servirá de nada ante un ENEMIGO TERRORISTA cuyas tácticas reconocidas son la destrucción gratuita y la masacre de inocentes, cuyos “soldados” aspiran al martirio de la muerte, y cuya protección más poderosa es la ausencia del estado”[8].
                La estrategia de la guerra preventiva, por su lógica de la “autodefensa anticipatoria”, se basa en la predicción a largo plazo y en una presunta concatenación de acontecimientos muchos menos certeros que los que prevé la lógica inmediata de la autodefensa. Al disparar primero y preguntar luego, además de dar vía libre al trágico error de cálculo y los famosos “daños colaterales”, se transgrede la doctrina tradicional del derecho internacional. Al abandonar la lógica prudente del contrato social y la defensa hacia el derecho, que fue quizás el principal logro de la independencia americana, renuncia al legado idealista en el que dice fundamentarse.
                La administración Bush, con el trato que brinda a los prisioneros de la guerra antiterrorista, “parece no haber comprendido, o no querer comprender, que tenía más argumentos legales –y por tanto, tal vez más opciones legales- de los que adujo cuando decidió que la Convención de Ginebra, en general, no era aplicable o tenía serias dificultades para aplicarse. En este punto, al igual que en su oposición a la nueva Corte Penal Internacional –a la que nunca ha reconocido y todavía se resiste a hacerlo-. La administración no ha mostrado interés alguno en influir en el desarrollo de lo que se denomina “derecho humanitario internacional”. Los partidarios del imperio del miedo están convencidos de que la capacidad de asustar y sobrecoger somete mucho más a los hombres que la tan cacareada majestuosidad del derecho”[9].
                Paúl Wolfowitz, hoy casualmente a cargo del Banco Mundial[10] –unas de las organizaciones que auspicia la reforma propuesta- quien quizás encarnó la línea más dura y militante de las Águilas del Pentágono, iba aún más lejos. Wolfowitz buscaba una política de derrocamiento preventivo, algo así como: “acabar con los Estados que fomentan el terrorismo”[11].  
                A esta altura de los acontecimientos internacionales lo que marcará la agenda será la opinión del Pentágono y de la Casa Blanca, si desde esos organismos de poder se afirma que desde una zona determinada se financia el terrorismo o incluso que esa zona sirve como refugio de las llamadas “células dormidas”[12], ésta es la opinión que determinará en algún momento la intervención directa o indirecta de los Estados Unidos en esa región.
                La real dimensión y  especial importancia estratégica de esta cuestión se advierte claramente cuando el Jefe del Comando Sur de los Estados Unidos, almirante James Stavridis[13],  preocupado analizando los temas de la agenda del Pentágono en América Latina y  señala: “EN LA TRIPLE FRONTERA SE FINANCIA EL TERRORISMO”[14]
                Y como ejemplo recuérdese que América del Sur, en el último tiempo ha sido señalada por los Estados Unidos como posible escenario para la intervención de una fuerza multinacional liderada por la OEA, una entidad justamente dirigida desde y por Washington.[15]




[1] Estados como estos (Irak, Irán y Corea del Norte) y sus aliados terroristas constituyen un eje del mal, al armarse y amenazar la paz del mundo. Buscando armas de destrucción masiva, estos regímenes nos ponen ante un grave y creciente peligro. Ellos podrían proveer de armas a los terroristas. (...) Ellos podrían atacar a nuestros aliados o a los propios Estados Unidos. En cualquier caso, el precio de la indiferencia podría ser catastrófico” Discurso de George W. Bus sobre el Estado de la Unión. 29 de enero de 2002.
[2]  Por tomar un ejemplo, Richard Perle, asesor de Donald Rumsfeld y ex presidente de la Junta de Políticas de Defensa, fue contratado por la compañía de telecomunicaciones, hoy en quiebra, Global Crossing, mientras asesoraba al Pentágono. 600.000 dólares de los 725.000 que costaba su colaboración supuestamente dependían de que Global Crossing consiguiese la aprobación del Pentágono para la venta a una empresa conjunta en Hong Kong. Véase Maureen Dowd, “Perle`s Plunder Blunder”, New. York Times, 23 de marzo de 2003, sección 4, pág. 13. citado por Benjamín R. Barber en “El Imperio del Miedo. Guerra, terrorismo y democracia”. Paidos Estados y Sociedad.
[3] Según explicó en Buenos Aires el experto en terrorismo Oliver Revell del FBI, la consideración del terrorismo antinorteamericano como un acto de guerra susceptible de generar una respuesta de carácter militar tiene profundas raíces en la historia de los EE.UU: su primer antecedente data de la presidencia de Jefferson, cuando se despacha a una flota naval con infantes de marina a bordo para interceptar a los piratas que, con base en Barbados, atacaban a los mercantes de ese país. Citado por Mariano Bartolomé en: “La seguridad internacional (después de la guerra fría)
[4] “La <madre de todas las bombas> (técnicamente, Bombardeo Aéreo de Artillería Masiva, en ingles MOAB) es la nueva bomba “convencional”, de 21.000 toneladas, del Departamento de Defensa Estadounidense. El Pentágono, bajo las órdenes del presidente Bus, ha apuntado que existen circunstancias en las que cabría plantearse la posibilidad de un “primer uso” de armas nucleares tácticas. Véase por ejemplo, el reportaje de portada de Newsweek, titulado <Why America scares the world> publicado el 24 de marzo de 2003. “ citado por Benjamín R. Barber en “El imperio del Miedo. Guerra, terrorismo y democracia”. Paidos, Estado y Sociedad. 2204.-
[5] Benjamín R. Barber, obra citada.
[6] Mark Juergensmeyer. Terror in the Mind of God, citado por Benjamin Barber. Obra citada.
[7] George Bush, “2002 Graduation Exercice of the United States Military Academy” ( West Point).
[8] Casa Blanca, Estrategia Nacional de Seguridad de los Estados Unidos de América. Septiembre 2002.
[9] Joseph Lelyfeld. “In Guantánamo” New York Review of Books, 7 de noviembre de 2002.
[10] Se alejó del cargo en fecha 18 de mayo de 2007 acusado de violar la ética del Banco Mundial-
[11] Bob Woodward, Bush at War.
[12] Téngase presente la situación de la Triple Frontera.
[13] Miembro de la Armada de los EE.UU y asesor del ex secretario de Defensa Donal Rumsfeld, el Almirante Stavridis se presenta muy preocupado por la prevención del terrorismo, y el crecimiento de los índices de criminalidad y narcotráfico.
[14] Ver declaraciones en el número correspondiente al mes de mayo de 2007 de la revista DEF.
[15] El Senado de los Estados Unidos solicitó al presidente Bus impulsar la creación de una fuerza militar antiterrorista bajo el paraguas de la OEA.


DEFINICIÓN:
                  
                   Después que el presidente George W. Bush anunció la guerra contra el terrorismo, tras los ataques del 11 de septiembre, el ingenio irónico británico expresó que era la primera vez en la historia que se declaraba una guerra sobre la base de un sustantivo abstracto.

                El concepto de “terrorismo” es esquivo. Brian Jenkins, uno de los expertos más respetados de Estados Unidos en el tema, expresó: “Terrorismo es lo que hacen los malos”.
                El fenómeno del terrorismo, tiene un correlato en el derecho interno con “hechos de terrorismo”, Ley nº 25.541. Sin embargo en el ámbito internacional, la  descripción típica no ha corrido con especial suerte, como tampoco la que pueda corresponder, en su momento, al crimen de agresión; razón por la cual, una política criminal frente a tales delitos se repite, en dicho nivel es, por decir lo menos, imposible: esto es, como que el instrumento jurídico que enmarcaría el comportamiento aún no existe; en pocas palabras el delito de terrorismo como tal no se ha desarrollado.
                A partir del ejemplo estadounidense de la Ley USA PATRIOT y como parte de diferentes medidas internacionales, se viene implementando en muchos países un arsenal jurídico para combatir diversas expresiones del denominado terrorismo, animando el debate socio-jurídico en torno a la afectación del régimen internacional de los derechos humanos, civiles y políticos.
                Como ejemplos se pueden señalar el caso británico, donde la Antiterrorism, Crime and Security Act 2001 fue reemplazada por el Prevention of Terrorism Act 2005, y el francés (leyes del 15 de noviembre de 2001, 9 de septiembre de 2002, 18 de marzo de 2003 y 9 de marzo de 2004) que actualizan los códigos penales sustantivos y procesal, donde se advierte que más que un terrorismo se puede hablar de varios terrorismos, en la medida en que de manera generalizada se registra la instrumentación de un fenómeno que brilla por su relatividad, incomprensible fluidez y subjetividad en la interpretación, con los riesgos de desvió implica su definición y la vulneración de algunas libertades fundamentales.

 “La laxitud en la definición de terrorismo, que no alcanza un concepto internacional y que en cada legislación nacional asume una amplitud diferente, abarcando conductas que poco o nada tienen que ver con los ataque masivos e indiscriminados a la población, genera una suerte de caja de parcialmente vacía, pues junto a esos ataques cada poder puede colocar cualquier conducta y, por ende, encerrar a su enemigo de turno, con lo cual se corre el riesgo de consagrar legislativamente y en estados democráticos el ideal de Carl Schmitt, otorgándole a cada poder político el espacio jurídico para identificar a su propio enemigo.”[1]
                Como generalmente sucede con el terrorismo, no existe una definición unívoca, sino actividades o manifestaciones de un fenómeno difícil de delimitar, por contener un alto índice de subjetividad y fluidez
                Luego de la matanza de los deportistas israelíes en las olimpíadas de Munich en 1972, la Asamblea General de la ONU intentó abordar la cuestión terrorista, incluyéndola en su orden del día con la siguiente fórmula: “Medidas para la prevención del terrorismo internacional que pone en peligro o destruye vidas humanas inocentes y compromete la libertad fundamental, y estudio de las causas que están en las bases de la forma del terrorismo y de los actos de violencia que tienen su origen en la miseria, la frustración, la injusticia y la desesperación, y que pueden llevar a alguna persona al sacrificio de la vida humana, incluso la propia, para intentar un cambio radical”
                El extenso texto de la citada orden del día reflejó las dificultades del tratamiento del fenómeno terrorista en el marco de la ONU, dado que mientras algunos Estados enfatizaban en la necesidad de contar con medidas preventivas y represivas, otros focalizaban en el análisis de sus causas, intentando una visión más política al incorporar cuestiones económicos y sociales internacionales.
                Luego de los atentados terroristas de la década del 90 ocurridos en Buenos Aires, el gobierno argentino impulsó en ese organismo una serie de propuestas que incluían la revisión de la Convención de Viena en lo referente a la inmunidad de los diplomáticos; la constitución de una unidad antiterrorista multilateral que facilite la cooperación de todas las partes interesadas y, concretamente ante el Consejo de Seguridad, el encuadre del terrorismo dentro del capítulo VII de la Carta del Organismo, como una amenaza a la paz y seguridad internacionales. Tampoco en esa ocasión los resultados obtenidos fueron satisfactorios. El 29 de julio de 1994 el Consejo de Seguridad elaboró una declaración en la cual se limitaba a expresar su condolencia y simpatía con las víctimas del accionar terrorista, instando a “fortalecer la cooperación internacional para adoptar medidas completas y efectivas que prevengan, combatan y eliminen todas las formas de terrorismo que afectan a la comunidad internacional en su totalidad”
                Téngase en cuenta que durante décadas, los representantes de Estados Unidos ante las Naciones Unidas han rechazado de forma inexorable la mera posibilidad de que exista el “terrorismo de estado”[2].
                Hace tiempo que Estados Unidos insiste en la idea de que los gobiernos no pueden ser terroristas.
                Las agencias federales tienen una larga lista de definiciones del término “Terrorismo”:
v Departamento de Defensa: “El uso ilegal o la amenaza del uso de la fuerza o la violencia por parte de una organización revolucionaria contra individuos o la propiedad, con la intención de forzar o intimidar a los gobiernos o las sociedades, por lo general con fines políticos o ideológicos”.
v FBI: “El uso ilegal de la fuerza o la violencia contra personas o la propiedad con el fin de intimidar o forzar a un gobierno, a la población civil, o a una segmento de la misma, en la promoción de objetivos políticos o sociales”
v Departamento de Estado(1981): “El uso o la amenaza del uso de la fuerza para propósitos políticos en violación de las leyes nacionales o internacionales”. Con esta última definición, basta con que un gobierno haya emitido un decreto autorizando la represión para que ya no pueda ser culpado de cometer terrorismo contra su propio pueblo .
Lo que tienen en común todas las definiciones del
gobierno de Estados Unidos es que sólo los ciudadanos particulares o los grupos privados pueden ser culpables de terrorismo. George Moose, embajador de Estados Unidos ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, explicó el 23 de abril de 2001 por qué Estados Unidos se oponía a una resolución de la organización mundial sobre terrorismo: “Nuestra razón es que los promotores han incorporado un lenguaje que confiere a los terroristas y a las organizaciones terroristas una cierta medida de legitimidad al equiparar su proceder con el de los estados. (...).
                Cuando la Asamblea General de Naciones Unidas intentó llevar a cabo una convención para promover la guerra internacional contra el terrorismo en 2002, la empresa quedó paralizada por conflictos generados a partir de la cuestión de cómo definir la palabra Terrorismo. “Estados Unidos, apoyado por la mayoría de los países europeos, dice que la convención no debería aplicarse a ningún acto de violencia contra ciudadanos cometidos por fuerzas militares de los estados reconocidos, una disposición rebatida por los estados árabes y otros países que insisten en que también debería penalizarse “el terrorismo de Estado”, según informó Los Ángeles Times el 16 de abril de 2002.
                La noción de que los “estados no pueden ser terroristas” no es una innovación de Bush, se remonta al menos hasta los inicios del siglo XX. En 1937, la Liga de las Naciones definió el término Terrorismo como “actos criminales dirigidos contra un Estado y que responden a la intención o el cálculo de crear un estado de terror en la mente de las personas particulares o del público en general”. Los intentos de la Liga por construir un consenso contra el terrorismo privado finalizaron tras la toma de Chescoslovaquia y la invasión de Polonia por parte de Hitler.
                Es importante tomar el significado real de una palabra y no el que se le quiere dar de acuerdo a la conveniencia de quien lo enuncia, así nadie podría seguir disfrazando la muerte de civiles como daños colaterales o actos de terrorismo simplemente como ataques preventivos.
                Según el Diccionario de la Real Academia Española:
                        TERRORISMO: Dominación por el terror. Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror.

                        TERRORISTA: Que practica actos de terrorismo.

                ¿Por qué cada vez que se habla de terrorismo sólo se piensa en grupos armados árabes?
                ¿Qué fue lo que hicieron entonces los soldados estadounidenses en la cárcel de Abu Ghraib contra sus prisioneros de manera sistemática?. Si nos atenemos a la definición de “terrorismo” de la Real Academia, esas torturas y violaciones a los derechos humanos fueron un acto de terrorismo.
                “Sin duda, como reconoce hasta el propio Paúl Wolfowitz[3], muchos de los detenidos pueden resultar completamente inofensivos. Pero si los alojamos a todos en el hotel Waldorf Astoria, no creo que consigamos que hablen”[4]
                “La lógica resbaladiza de Wolfowitz es la que ha llevado a Alan Dershowitz[5] a plantearse la legitimidad de la tortura “legal” en la era del terrorismo. Dershowitz sería partidario de legalizar la tortura sólo cuando parezca probable que será desplegada ilegalmente de todas formas, y solicita un “requisito formal u orden judicial como prerrequisito de la tortura no letal”. Sostiene que es mejor la supervisión legislativa y judicial que la oscuridad de prisiones extranjeras como la de Guantánamo”
                Los agentes “Federales” se sintieron enormemente frustrados cuando la vasta mayoría de los detenidos no revelaba ninguna evidencia de delitos o conspiraciones terroristas. Algunos oficiales del FBI sugirieron que la tortura podría resultar de utilidad. Un oficial superior del FBI dijo a The Washington Post: “Hace 35 días que estamos en estoy nadie habla. Empieza a aflorar la frustración. Se nos conoce por nuestro trato humanitario, de modo que estamos básicamente atascados. La cosa podría llegar a ese punto en que tal vez pasaríamos a la presión (...) donde no nos queda otra opción y probablemente estemos llegando a eso”. The Washington Post señaló: “Entre las estrategias alternativas en discusión están el uso de drogas o las tácticas de presión, tales como las utilizadas por los interrogadores israelíes para extraer información”.
                Después de la ocupación de la Margen Occidental y la Franja de Gaza por parte de Israel, los palestinos con frecuencia alegaban haber sido torturados por las tropas y a los agentes israelíes. El gobierno israelí negó los cargos pero creo en 1987 la conocida “Comisión Landau” para examinar los procedimientos de los interrogatorios. El nombramiento de la comisión se debió por las muerte de palestinos y turcos a manos del Shin Bet (Servicio de Seguridad General) durante sesiones de interrogatorios. El Presidente israelí perdonó a los agentes del Shin Bet que habían matado a los palestinos durante los interrogatorios, declarando que “en las especiales condiciones del Estado de Israel no podemos permitirnos que se relajen los esfuerzos, ni permitir que se cause ningún daño a las fuerzas de defensa ni a aquellos hombres leales que protegen a nuestro pueblo” (Barak Cohen en Indiana International and Comparative Law Review).
                La Comisión Landau concluyó que el Shin Bet había utilizado sistemáticamente “la presión física” con los palestinos sospechosos y sostuvo que “el gobierno debería reconocer que alguna medida de coerción es permisible, y luego de codificar y controlar cuidadosamente las técnicas permitidas”.
                Michel L. Gras, de la Universidad de Haifa, observó que la Comisión Landau “formuló un nuevo enfoque “judío-democrática”; a despecho de todas las normas internacionales, sugirieron que Israel podría fijar parámetros y establecer mecanismos regulatorios para supervisar el uso de la “presión física moderada”.
                Si bien la frase “presión física moderada” puede sugerir algo similar a un fuerte apretón de manos, lo cierto es que puede resulta mortal. Mientras se instruía a los interrogadores del Shin Bet en el uso “moderado” de la presión, el ministro de Defensa Yitzhak Rabin decía a los soldados de las Fuerzas de Defensa Israelíes que rompieran los huesos de los manifestantes palestinos.
                Hubiese resultado ingenuo esperar que el Shin Bet tratara mejor a los palestinos a puertas cerradas de cómo los trataban las tropas del ejército a la vista de todo el mundo.
                En 1994 el gobierno israelí autorizó formalmente al Shin Bet a utilizar “mayores presiones físicas”. Los interrogatorios resultaron mucho más efectivos como método para castigar detenidos que para prevenir atentados suicidas.
                Desde 1996 la Alta Corte de Justicia Israelí dictó varios fallos que autorizaban el uso de la fuerza física durante los interrogatorios de personas acusadas de violaciones a la seguridad.
                En 1998 B`Tselem informó que el Shin Bet utilizaba “dolorosos estiramientos” y que “amenazaban con asesinar al interrogado, mencionando a la vez a detenidos durante el interrogatorio o el encarcelamiento. El informe señaló que el gobierno israelí “admite utilizar sacudidas violentas como un método de interrogatorio. Yitzhak Rabin admitió que se había aplicado el tratamiento de las “sacudidas” a más de 8.000 detenidos.
                Luego el gobierno de Israel justificó el empleo de una “presión intensa” cuando la “presión moderada” resultaba ineficaz.
                En el 2001 el Berkeley Jounal of International Law señaló: “Numerosos estudios  independientes, realizados por organizaciones internacionales de derechos humanos, revelaron que Israel empleaba una cantidad de métodos de tortura mientras interrogaba a los palestinos, incluyendo electrochoques, golpes (con cachiporras, culatas de rifle, porras de goma, botas y puños) en todas las zonas del cuerpo, incluyendo la planta de los pies, el torso y los genitales; ataques sexuales, incluyendo la sodomía y compresión prolongada y golpes reiterados en los testículos...También eran obligados a pasar horas en cuclillas y con una capucha en la cabeza...”[6]
                Los precedentes establecidos para el tratamiento de palestinos se trasladaron al tratamiento de israelíes. “La degradación y la tortura no se limitan a los detenidos palestinos sino que también han corrido la misma suerte los soldados y activistas políticos de izquierda y derecha que fueron sometidos a interrogatorios del Servicio de Seguridad General, la policía y la policía militar de investigaciones” ( Grupo Activista Comité Público contra la Tortura en Israel)
                El ex director del Shin Bet, Ya`acov Perry, explicó: “Si arrestamos a alguien, uno no puede sentarse con él a la mesa y charlar amablemente con una taza de café y un cigarrillo de por medio. No se puede combatir el terrorismo de esa manera”



[1] Zaffaroni, Eugenio R – “El enemigo en el derecho penal”, Ediar. 2006. Adviértase que el autor se expresa en términos de “crímenes de destrucción masiva e indiscriminada” y prefiere no utilizar el término “terrorismo” que, afirma, es una expresión jurídicamente nebulosa.
         Por otra parte, cuando el autor usa el término “Terrorismo”, lo hace en el sentido vulgar de la comunicación masiva, que es el también usado en la propaganda “VÔLKISCH”, término que suele traducirse como “populista”, especialmente en Europa  y EEUU. En la nota correspondiente el autor señala que la traducción más correcta sería “populachero” y remitiría a un discurso que subestima al pueblo y trata de obtener su simpatía de modo no ya demagógico sino brutalmente grosero, mediante la reafirmación, profundización y estímulo primitivo de sus peores prejuicios.
[2] Al tratar al terrorismo como el mal supremo, y al insistir en que los gobiernos jamás pueden ser culpables de actos de este tipo, la administración Bush transforma los crímenes del gobierno en actos moralmente insignificantes. Según el Departamento de Estado de los Estados Unidos, desde 1980 al 2000 los terroristas internacionales mataron a 7745 personas; durante el mismo tiempo, los gobiernos mataron más de 10 millones de personas en campañas de limpieza étnica, ejecuciones en masa, hambre provocada políticamente, guerras y distintas formas de masacre
[3] Paúl Wolfowitz, águila destacada del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, hoy Presidente del Banco Mundial
[4] Joseph Lelyfeld cita a Paul Wolfowitz en su obra  “In Guantánamo”, New York Review of Books, 7/11/2002
[5]  Alan M. Dershowitz, “Why Terrorism wWeks: Understanding the Treta, Responding to the Challenge”, New Haven,  Yale University Press, 2002, Véase cap. 4, “Shoul the Ticking Bomb Terrorist be Tortured?”
[6] citado por James Bovar. Obra citada.



DERECHO PENAL DEL ENEMIGO

                   Se trata de un derecho penal que trata a los infractores no como ciudadanos, es decir, como sujetos que no han respetado los mínimos de convivencia condensados en las normas penales y que deben ser desautorizados mediante la pena, sino como enemigos, como meras fuentes de peligro que deben ser neutralizados del modo que sea, cueste lo que cueste. Así el Estado no habla con sus ciudadanos, sino que amenaza a sus enemigos[1].
                El Derecho Penal del Enemigo, se caracteriza por un amplio adelantamiento de la punibilidad, es decir, la adopción por parte del ordenamiento de una perspectiva fundamentalmente prospectiva (punto de referencia: el hecho que va a cometerse) frente a la normal orientación retrospectiva (punto de referencia: el hecho cometido) del derecho penal. Implica también un incremento notable de las penas frente al derecho penal normal. Presenta también una relajación o la supresión de determinadas garantías procesales individuales[2].
                Por su parte Francisco Muñoz Conde[3], señala que la tendencia del derecho penal del enemigo debe ser rechazada por su clara y rotunda incompatibilidad con los principios básicos inherentes al propio derecho penal, como el de legalidad y determinación, el de intervención mínima y ofensividad, proporcionalidad y culpabilidad, e incluso con preceptos constitucionales referentes a derechos fundamentales.
                Muñoz Conde es consciente de que en los momentos actuales, el terrorismo internacional, la criminalidad organizada, la violencia racista, el renacimiento del nazismo, entre otros problemas, representa una grave amenaza para las sociedades democráticas y para una convivencia pacífica y organizada conforme a principios constitucionales respetuosos con el Estado de Derecho y con los derechos fundamentales reconocidos tanto nacional, como internacionalmente. Según el autor, el reto para el legislador consiste precisamente en decidir si los actuales Estados Democráticos pueden, para evitar o prevenir estas amenazas, recurrir a sistemas  represivos que no respeten esos principios. En definitiva, decidir si el Estado de Derecho puede legítimamente, para defenderse de sus “enemigos” ( y el problema adicional es cómo definir al “enemigo”), utilizar medios que van contra estos principios, sin perder por ello su cualidad de Estado de Derecho y convertirse, por tanto en un Estado de No Derecho. (es decir en un Unrechtsstaat, que es el término que se utiliza en alemán para calificar el régimen nacionalsocialista)”
                Según Ciancio Meliá, al legislar sobre terrorismo, la técnica utilizada en las redacciones de estas infracciones (delitos de terrorismo) frecuentemente utiliza términos tan vaporosos y ambiguos que se genera la sensación de que el legislador ha querido eludir conscientemente las “complejidades” derivadas del mandato de determinación que conlleva el principio de legalidad.
                Jackobs representa una teoría del delito y del derecho penal en la que ocupa un lugar preeminente el entendimiento del fenómeno penal como perteneciente al mundo de lo normativo, de los significados, por contraposición al de las cosas. Desde esta perspectiva, toda infracción criminal supone, como resultado específicamente penal, el quebrantamiento de la  norma, entendido este como la puesta en duda de la vigencia de esa norma: la pena reacciona frente a ese cuestionamiento por medio del delito reafirmando la validez de la norma: prevención general positiva”
                Las características de lo que el profesor Gunther Jakobs denomina “Feindstrafrecht”[4] (derecho penal del enemigo)son: a) Anticipación de la intervención del derecho penal a conductas alejadas de la lesión o incluso puestas en peligro de un bien jurídico: b) imposición de penas draconianas, más allá de la idea de proporcionalidad, y c) reducción, cuando no absoluta eliminación, de los derechos procesales del imputado a la presunción de inocencia, hábeas corpus, asistencia de abogados etc.
                Un Estado de Derecho Democrático debe rechazar enérgicamente cualquier precepto o legislación penal o administrativa o de cualquier otro tipo que sea contraria a los principios de legalidad y certeza, proporcionalidad, culpabilidad, presunción de inocencia, habeas hábeas y a un juicio justo e imparcial ante un juez natural, o que permita la utilización de pruebas obtenidas ilegalmente y con violación de derechos fundamentales.
                Ciancio Melia[5], al hablar de los delitos de terrorismo,  señala que se trata: “de infracciones en las que se presenta con mayor nitidez el discurso paralelo a la guerra, a la confrontación, precisamente, con “enemigos”, tanto por lado de algunos representantes del Estado, como, sobre todo, por el lado de los infractores, quienes se ven en muchas ocasiones como partícipes en una verdadera lucha o guerra...Los delitos de terrorismo se caracterizan porque su comisión no sólo afecta a los bienes jurídicos individuales atacados, sino que significa al mismo tiempo, un cuestionamiento drástico de los elementos esenciales previstos en nuestro ordenamiento para la solución de conflictos, para la organización básica de la sociedad. Afectan a los elementos esenciales de la organización social recogidos en la Constitución con la finalidades perseguidas de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública”.
                Así las conductas de “enemigos” se caracterizan por producir ese quebrantamiento de la norma respecto de configuraciones sociales estimadas esenciales, pero que son especialmente vulnerables, más allá de las lesiones de bienes jurídicos de titularidad individual. Por ello que se entienda que los comportamientos delictivos terroristas afectan, ciertamente, a elementos esenciales y especialmente vulnerables de la identidad de las sociedades afectadas.



[1] Gûnther Jakobs, “La ciencia del derecho penal frente a las exigencias del presente”
[2] Ciancio Meliá, Manuel. “Derecho Penal del Enemigo y delitos de Terrorismo”, en Derecho Penal Contemporáneo . Revista Internacional 3. Ed. Legis. Bogotá, Colombia.
[3] Francisco Muñoz Conde. “Delito político y derecho penal del enemigo” (Ponencia presentada en el congreso “Delito político e Diritto penale del enemico” celebrado en Trento (Italia) los días 10 y 11 de marzo de 2006.
[4] La expresión fue utilizada por el profesor Jakobs en su ponencia en el congreso de penalistas alemanes celebrado en Frankfurt am Main, en 1987, pero que se desarrolló más ampliamente en su ponencia en el congreso celebrado en Berlín en octubre  de 1999., recogida luego en el volumen Die deutsche Strafreschtswissenschaft in der Jahrtausendwende, Berlin 2000.
[5] Obra citada.


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